viernes, 10 de febrero de 2023

El principio de favorabilidad en la interpretación de las convenciones colectivas

 

Palacio de Justicia, Bogotá, Colombia.
 

A través de varias sentencias la CORTE CONSTITUCIONAL DE COLOMBIA hace el reconocimiento de deechos laborales consagrados en las convensiones colectivas de trabajo, lo cual incluye el caso TELECOM. Así por ejemplo, La sentencia de unificacion SU 377 de 12/06&2014, en el caso de TELECOM unificó los criterios de procedencia que deben tener en cuenta los Jueces de la República, al resolver tutelas por derechos fundamentales supuestamente conculcados en el desenvolvimiento de procesos de liquidación de entidades públicas.  

En otra caso, la sentencia SU.347/22 del 16 de octubre del 2022, validó el "PRINCIPIO DE FAVORABILIDAD EN LA INTERPRETACIÓN DE LAS CONVENCIONES COLECTIVAS" . Se reiteró jurisprudencia relacionada con: 1º. Lo defectos procedimental por exceso ritual manifiesto; desconocimiento del precedente y orgánico. 2º. El alcance del Acto Legislativo 01 de 2005, en relación con los derechos adquiridos y el término inicialmente pactado por las partes en las convenciones colectivas de trabajo como fuentes de derechos y obligaciones y, 3º. La naturaleza jurídica de las convenciones colectivas. 

Estas son las sentencias de unificación relativas a los justos reclamos de ex trabajadores de TELECOM, despedidos de manera irregular: https://drive.google.com/file/d/1gw20e5jbNXeat_1NSdFtyM5I_Igl78NU/view?usp=share_link