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viernes, 10 de febrero de 2023

El principio de favorabilidad en la interpretación de las convenciones colectivas

 

Palacio de Justicia, Bogotá, Colombia.
 

A través de varias sentencias la CORTE CONSTITUCIONAL DE COLOMBIA hace el reconocimiento de deechos laborales consagrados en las convensiones colectivas de trabajo, lo cual incluye el caso TELECOM. Así por ejemplo, La sentencia de unificacion SU 377 de 12/06&2014, en el caso de TELECOM unificó los criterios de procedencia que deben tener en cuenta los Jueces de la República, al resolver tutelas por derechos fundamentales supuestamente conculcados en el desenvolvimiento de procesos de liquidación de entidades públicas.  

En otra caso, la sentencia SU.347/22 del 16 de octubre del 2022, validó el "PRINCIPIO DE FAVORABILIDAD EN LA INTERPRETACIÓN DE LAS CONVENCIONES COLECTIVAS" . Se reiteró jurisprudencia relacionada con: 1º. Lo defectos procedimental por exceso ritual manifiesto; desconocimiento del precedente y orgánico. 2º. El alcance del Acto Legislativo 01 de 2005, en relación con los derechos adquiridos y el término inicialmente pactado por las partes en las convenciones colectivas de trabajo como fuentes de derechos y obligaciones y, 3º. La naturaleza jurídica de las convenciones colectivas. 

Estas son las sentencias de unificación relativas a los justos reclamos de ex trabajadores de TELECOM, despedidos de manera irregular: https://drive.google.com/file/d/1gw20e5jbNXeat_1NSdFtyM5I_Igl78NU/view?usp=share_link

domingo, 15 de junio de 2014

Corte Constitucional anuncia el fallo sobre despedidos de TELECOM


Rueda de prensa del 12 de junio del 2014. 

El Presidente de Corte Constitucional de Colombia anunció que se elaboraron 35 resoluciones frente a las tutelas de ex trabajadores de TELECOM despedidos indolentemente por Gobierno de Uribe en el 2003 y el 2006 (ver video a partir del minuto10).

No obstante existe la expectativa por la publicación del texto de la sentencia de unificación esperada desde el 2010, cuando se ordenó suspender varias sentencias que habían resultado favorables a los ex funcionarios y a sus familias. 


lunes, 22 de abril de 2013

Denuncian lentitud en sentencias que tutelan derechos laborales

María del Rosario Guerra, ex ministra de TIC (comunicaciones).
Foto: elespectador.com
¿Por qué son lentos los fallos a favor de los trabajadores?
A esta hora exactamente, miles de colombianos se preguntan por qué la justicia fue rápida en expedir la directiva no. 006 del 15 de marzo de 2.010 (Corte Constitucional) en contra de los ex trabajadores de TELECOM, pero es excesivamente lenta para resolver las tutelas que ya fueron falladas y pagadas en favor de los ex trabajadores; por qué hay lentitud en enjuiciar a los directivos de TELECOM que obraron irregularmente en el cierre de la empresa y posterior venta a los españoles.


Hace cerca de diez años se iniciaron reclamos por derechos laborales y fundamentales ante las autoridades de justicia en Colombia, por los daños sufridos por las familias de varios extrabajadores de TELECOM mediante la ACCIÓN DE TUTELA. Cuando un Juez falla sobre una  tutela, a favor o en contra de la queja, dicha sentencia pasa a revisión de la Corte Constitucional, mediante el mecanismo de sorteo, independientemente de que una  de las partes invoque una segunda instancia en un Tribunal Administrativo de Justicia (ejemplo, de Cundinamarca). LA CORTE CONSTITUCIONAL, la cual se compone de 9 Magistrados, es la última instancia en Colombia para realizar un reclamo jurídico por violación de un derecho fundamental.

En los años anteriores al 2009, más de 400 ex trabajadores habían obtenido el reconocimiento del plan de protección social (PPS) para padres y madres cabeza de familia, del fuero sindical (FS) y del plan de pensión anticipada (PPA), entre otros. No obstante, desde hace tres años cientos de ex trabajadores de TELECOM enfrentan un duro revés jurídico por cuenta de la ministra María del Rosario Guerra, Ministra de Comunicaciones o de las TIC, quien equivocadamente indicó que "Es preocupante la configuración de una presunta organización delictiva entre ex trabajadores de Telecom, jueces y abogados. Es necesario ponerle freno a estas irregularidades para que no se desangren los recursos del Estado". 


Cientos de colombianos, ex funcionarios de TELECOM, esperan con angustia que se dé curso a los preceptos constitucionales de reconocimiento a los derechos laborales y pensionales consignados en la sentencia 897 de 2.012 de la Corte Constitucional de Colombia y que el PAR (PATRIMONIO AUTÓNOMO DE REMANENTES) acate con diligencia los fallos favorables a los ex funcionarios, derivados de la sentencia 897 de 2012.

Plaza de Bolívar con vista a laCorte Constitucional. Foto:  taringa.net

jueves, 18 de abril de 2013

Plantón frente al Procurador en solidaridad con Guillermo Asprilla



Guillermo Asprilla Coronado, defensor de los pobres y del medio ambiente.
Foto: Alcaldía Mayor de Bogotá
Bogotá. Mañana viernes a las 2 PM se efecturá un plantón frente al edificio de la Procuraduría General de la Nación en solidaridad con el Doctor Guillermo Asprilla quien fue destituido -en lo que pareciera una sentencia política- por el Procurador General de la Nación, Alejandro Ordóñez Maldonado.


Edificio de la PROCURADURIA
El secretario de Gobierno de Bogotá, Guillermo Asprilla, dijo que la Procuraduría tuvo que forzar los argumentos para poder emitir la destitución en su contra y aseguró que la imparcialidad de ese organismo viene siendo muy cuestionada.
El funcionario Distrital, insistió en que el ente de control también se fue contra la Jurisprudencia del propio Tribunal Superior de Cundinamarca, dado que ya había sido absuelto por este mismo caso.


Según rcnradio.comAsprilla indicó que aún no ha sido notificado personalmente por el señor Procurador General de la Nación, Alejandro Ordóñez Maldonado y que hasta que esto suceda, permanecerá en el cargo.

“Tiene que haber una notificación formal como lo obliga la ley (...) esta sanción es supremamente débil desde el punto de vista jurídico”, aseveró el Secretario Distrital de Gobierno.


Twitter:
    mañana viernes 19 abril - 2 PM  Plantón Procuraduría car 5 cll 15 solidaridad con 

miércoles, 5 de octubre de 2011

Alistan proyecto de sentencia sobre ex trabajadores de Telecom


Proyecto de sentencia de unificación será presentado próximamente a la Sala Plena

Bogotá. El pasado 20 de septiembre de 2011 se produjo una comunicación de la Honorable Magistrada María Victoria Calle con referencia a un derecho de petición sobre uno de los expedientes de ex trabajadores de Telecom, en la cual manifestó que “El proyecto de sentencia será presentado próximamente a la Sala Plena para su revisión”. En tal sentido, la funcionaria explicó que “Al momento de dictar sentencia, la Sala Plena estudiará la pertinencia de extender los efectos de la sentencia de unificación a otros procesos en similares condiciones, que no hayan sido seleccionados para revisión.”

Cientos de familias colombianas afectadas con los sucesos del 10 de junio del 2003 que llevaron al cierre de Telecom; llevan varios años clamando justicia ante las autoridades para proteger los trabajadores con derecho a reten social. Así mismo, buscando la protección de las  personas que cumplieron requisitos para los planes de pensión anticipada ofrecidos por los Directivos de Telecom y a los trabajadores con derecho a fuero sindical.


Para más información sobre el proceso de su interés,  por favor ingrese a la página de la Corte Constitucional y con el número de radicación interno, podrá conocer el estado actual del mismo.

 www.corteconstitucional.gov.co   


TIPOLOGÍA DE NUESTRAS SENTENCIAS CONSTITUCIONALES

Según el académico Dr. Hernán Alejandro Olano García, las sentencias o fallos de unificación de jurisprudencia, buscan garantizar los siguientes altos objetivos:
• Asegurar la efectividad de los derechos y colabora así en la realización de la
justicia material —artículo 2° superior—.
• Procurar exactitud.
• Conferir confianza y credibilidad de la sociedad civil en el Estado, a partir del
principio de la buena fe de los jueces —artículo 83 superior—.
• Unificar la interpretación razonable y disminuye la arbitrariedad.
• Permitir estabilidad.
• Otorgar seguridad jurídica materialmente justa.
• Llenar el vacío generado por la ausencia de mecanismos tutelares contra providencias judiciales.

La importancia de las sentencias de unificación


Muchos jueces invocan con frecuencia el inciso 2 del artículo  230 de la Constitución Política para apartarse del contenido de muchos fallos:
“Artículo 230.- Los jueces, en sus providencias, sólo están sometidos al imperio de la ley.
La equidad, la jurisprudencia, los principios generales del derecho y la doctrina son criterios auxiliares de la actividad judicial.”

Pero las sentencias de unificación en materia de tutela no son criterio auxiliar sino obligatorio.



Sobre la importancia de las sentencias de unificación sostuvo la Corte Constitucional:

“Con el artículo 34 del Decreto 2591 de 1991 se busca específicamente unificar las sentencias de revisión de tutela de la Corporación.
Ello por cuanto la jurisprudencia de la Corte debe ser universal, coherente y consistente, con el ánimo de realizar el principio de igualdad material (art. 13 de la carta), en virtud del cual se debe conferir igual tratamiento a situaciones similares, así como propiciar un mínimo de certeza en el tráfico jurídico.