miércoles, 14 de julio de 2021

Justicia Colombiana reconoce pensión a beneficiarios de convenciones colectivas

Tribunal Superior de Justicia de Barranquilla. Foto: zonacero.com


El 8 de marzo de 2021, mediante sentencia SL761-2021, Radicación n.° 59400, Acta 07, la Corte Suprema de Justicia Sala de Casación Laboral decidió conceder el beneficio del retén social, como padres o madres cabeza de familia a los demandantes que demostraron dicha condición y confirmó la pensión anticipada que fue reconocida a los demandantes que entre la fecha en la que culminó el retén social y la que cumplieron los 50 años, pues con posterioridad a dicha fecha la prestación debía ser reconocida por Caprecom. De igual forma, se reconoció la pensión de jubilación vitalicia a los demandantes que resultaron beneficiarios de las convenciones colectivas suscritas y que cumplieron con los requisitos de 20 años de servicios y 50 años, establecidos en estas, por lo que se condenó a Caprecom a reconocerlas a partir del 1 de febrero de 2006. 


De esta forma, la Corporación procedió a dar cumplimiento a lo ordenado en la sentencia CC SU-143-2020, notificada el 12 de noviembre de 2020 y cuyo expediente arribó a la Sala en febrero del 2021, por medio de la cual, se dispuso «[…] DEJAR SIN EFECTOS la sentencia de casación proferida […] el 8 de agosto de 2018 (SL3280-2018)» y «[…] ORDENAR a […] la Sala de descongestión No. 2- de la Corte Suprema de Justicia, proferir una nueva sentencia […]».
 
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Es así como, se condena al Patrimonio Autónomo de Remanentes Telecom y Teleasociadas en Liquidación al reconocimiento y pago de la pensión anticipada de jubilación, pensión vitalicia de jubilación y retén social en cumplimiento de sentencia de unificación; acorde con lo narrado por notinet.com.co