"...por la democracia maestro" Foto: periodismosinfronteras.org |
Colombia condemned by the Court due to missing persons
San José, Costa Rica, 10 de
diciembre de 2014.- La Corte Interamericana de Derechos Humanos notificó el día de hoy la
Sentencia sobre Excepciones Preliminares, Fondo, Reparaciones y Costas en el Caso
Rodríguez Vera y otros (Desaparecidos del Palacio de Justicia) Vs. Colombia,
presentado a la Corte por la Comisión Interamericana de Derechos Humanos el 9 de febrero de 2012.
Se demostró “que existió un modus operandi tendiente a la desaparición forzada de personas consideradas sospechosas de participar en la toma del Palacio de Justicia o colaborar con el M-19”.
Se demostró “que existió un modus operandi tendiente a la desaparición forzada de personas consideradas sospechosas de participar en la toma del Palacio de Justicia o colaborar con el M-19”.
Palacio de Justicia de Colombia en noviembre de 1985. Foto: lapiragua.co | |
Por unanimidad, la Corte Interamericana de Derechos Humanos (CIDH) condenó al Estado colombiano por su responsabilidad en los hechos que llevaron a la desaparición de 10 personas durante la operación de recuperación del Palacio de Justicia en hechos registrados el seis y siete de noviembre de 1985.
En el presente caso el Estado
realizó un reconocimiento parcial de responsabilidad Internacional que fue
valorado por la Corte como una contribución positiva al desarrollo de este proceso y a la vigencia de
los principios que inspiran la Convención Americana, así como a la satisfacción
de las necesidades de reparación de las víctimas de violaciones de derechos
humanos. Sin embargo, se mantuvo la controversia con respecto a hechos y pretensiones
de derecho que no fueron reconocidos por el Estado.
El texto íntegro de la Sentencia y el resumen oficial de la misma pueden consultarse en el siguiente enlace: http://www.corteidh.or.cr/casos.cfm
En el presente caso el Estado
realizó un reconocimiento parcial de responsabilidad Internacional que fue
valorado por la Corte como una contribución positiva al desarrollo de este proceso y a la vigencia de
los principios que inspiran la Convención Americana, así como a la satisfacción
de las necesidades de reparación de las víctimas de violaciones de derechos
humanos. Sin embargo, se mantuvo la controversia con respecto a hechos y pretensiones
de derecho que no fueron reconocidos por el Estado.