Clamor de la familia TELECOM ante los tribunales de justicia |
Según comunicado dado a conocer, el pasado mes de marzo, por los abogados Fredis Delghans Alvares y Natividad Pérez Coello, se linforma a los extrabajadores de TELECOM que “la reparación directa es un proceso contensioso administrativo para determinar los daños que se causen con un determinado accionar del estado o gobierno de turno, razon para demandar a la nación. Este es el instrumento del que se valen los abogados para pedir que se logre resarcir el daño causado al trabajador de telecom en este caso especifico, y se conoce como el daño material. De la misma manera se pide que se resarsa el daño moral causado por el despido injusto a los familiares mas directos en el orden ascendente y descendente, o sea padres e hijos si estaban vivos al momento de la causación del daño e igualmente a la esposa o compañera permanente si estaban unidos al momento del despido”.
¿A qué equivale economicamente la demanda de reparación? En respuesta a este interrogante, los Doctores manifiestan que es el cobro de la indemnización por los daños materiales y morales causados, cuyo valor es determinable por el juez del conocimiento. En cuánto al tiempo para obtener resultado de la demanda: “Esta respuesta no es del roll del abogado. Este formula la solicitud pero compete al juez o tribunal del conocimiento fallar dentro del termino preestablecido. Sin embargo, el abogado ha de pedir -como la lógica lo indica- la aplicación del principio de celeridad. Ademmás, el abogado más que nadie es el encargado de defender los derechos de su poderdante”.
¿Cuál es la diferencia entre reparación y compensación? “Mientras que en la reparación directa es el cobro de la indemnización por el daño material y moral causado por el despido injusto; la compensación es del orden laboral ordinario y se da en el caso particular de la SU-377, mediante la cual se ampararon derechos fundamentales y constitucionales con la finalidad de que los padres, madres cabeza de familia, prepensionables (17 años de servicio) discapacitados, empleados con hijos discapacitados fueran reubicados laboralmente hasta alcanzar el requisito de tiempo de servicio que le permitiera su pensión de jubilación, hecho que no se dio”, acorde con la explicación suministrada por los abogados Fredis y Natividad.
Es por lo anterior que 140 ex trabajadores iniciaron la demanda de reparación y cuyo listado se puede consultar en el archivs anexo:
https://drive.google.com/file/d/1vPS7UTXINMUSaNaWpf5zFVlb30BDXO6A/view?usp=sharing
El grupo de trabajo Hormiguitas2003 agradece la gestión adelantada por los abogados Fredis Delghans Alvares y Natividad Pérez Coello, ante los tribunales de justicia en defense de los derechos de las familias afectadas que claman justicia ante el inmisericorde cierre de TELECOM.