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Clamor de la familia TELECOM ante los tribunales de justicia |
Según comunicado dado a conocer,
el pasado mes de marzo, por los abogados Fredis Delghans Alvares y Natividad Pérez
Coello, se linforma a los extrabajadores
de TELECOM que “la reparación directa es un proceso contensioso administrativo
para determinar los daños que se causen con un
determinado accionar del estado o gobierno de turno, razon para demandar
a la nación. Este es el instrumento del
que se valen los abogados para pedir que se logre resarcir el daño causado al
trabajador de telecom en este caso especifico, y se conoce como el daño
material. De la misma manera se pide que
se resarsa el daño moral causado por el despido injusto a los familiares mas
directos en el orden ascendente y descendente, o sea padres e hijos si estaban
vivos al momento de la causación del daño e igualmente a la esposa o compañera
permanente si estaban unidos al momento del despido”.
¿A qué equivale economicamente la
demanda de reparación? En respuesta a este interrogante, los Doctores manifiestan
que es el cobro de la indemnización por los daños materiales y morales
causados, cuyo valor es determinable por el juez del conocimiento. En cuánto al
tiempo para obtener resultado de la demanda: “Esta respuesta no es del roll del
abogado. Este formula la solicitud pero compete al juez o tribunal del
conocimiento fallar dentro del termino preestablecido. Sin embargo, el abogado
ha de pedir -como la lógica lo indica- la aplicación del principio de celeridad.
Ademmás, el abogado más que nadie es el encargado de defender los derechos de
su poderdante”.
¿Cuál es la diferencia entre reparación
y compensación? “Mientras que en la reparación directa es el cobro de la
indemnización por el daño material y moral causado por el despido injusto; la
compensación es del orden laboral ordinario y se da en el caso particular de la
SU-377, mediante la cual se ampararon derechos fundamentales y constitucionales
con la finalidad de que los padres, madres cabeza de familia, prepensionables
(17 años de servicio) discapacitados, empleados con hijos discapacitados fueran
reubicados laboralmente hasta alcanzar el requisito de tiempo de servicio que
le permitiera su pensión de jubilación, hecho que no se dio”, acorde con la
explicación suministrada por los abogados Fredis y Natividad.
Es por lo anterior que 140 ex
trabajadores iniciaron la demanda de reparación y cuyo listado se puede
consultar en el archivs anexo:
https://drive.google.com/file/d/1vPS7UTXINMUSaNaWpf5zFVlb30BDXO6A/view?usp=sharing
El grupo de trabajo Hormiguitas2003
agradece la gestión adelantada por los abogados
Fredis Delghans Alvares y Natividad Pérez Coello, ante los tribunales de
justicia en defense de los derechos de las familias afectadas que claman
justicia ante el inmisericorde cierre de TELECOM.