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lunes, 29 de enero de 2018

"Gobierno respetará fallo de la Corte para reintegro de trabajadores en Telecom"

Ex trabajadores de TELECOM; 15 años de injusticias.

Gobiernos de Uribe y Santos incumplieron fallos.


"Gobierno respetará fallo de la Corte para reintegro de trabajadores en Telecom", eso decían en el 2005.


"El ministro encargado de Comunicaciones, Germán González Reyes, aseguró que el gobierno respetará las sentencias de la Corte Constitucional que obligan a Telecom en Liquidación a reintegrar a padres cabeza de familia retirados en el 2003".



lunes, 15 de enero de 2018

Más capitalización de Colombia Telecomunicaciones para beneficio de quién


¿Qué pasó con los recursos del Contrato de Explotación de TELECOM? 
¿Quién se beneficia de la explotación de la infraestructura de TELECOM?

Estación Repetidora. Foto:Cerro Murillo

Decreto 1435 de 29 de agosto de 2017 ordena volver a capitalizar Colombia Telecomunicaciones, así: "Capitalización de Colombia Telecomunicaciones S.A. ESP. en virtud del artículo 24 de la Ley 1837 de 2017. De conformidad con el artículo 24 de la Ley 1837 de 2017, la Nación, a través del Ministerio de Hacienda y Crédito Público, concurrirá a la capitalización mediante la asunción de las obligaciones de pago en cabeza de Coltel derivadas del Contrato de Explotación, hasta por un porcentaje equivalente a la participación accionaria de la Nación en dicha sociedad". 

lunes, 7 de julio de 2014

Reunión de ex trabajadores de TELECOM tras decisión de magistrados

Cry out for justice, families of former employees who suffer the consequences of the Uribe Administration.


BOGOTÁ D. C., el día jueves 10 de julio de 2014, a las 2 PM, en la carrera 15 No. 44 – 18, se darán cita centenares de ex trabajadores del sector de las telecomunicaciones despedidos por el Gobierno Nacional en el marco del Programa de Renovación de la Administración Pública.

En esta tercera reunión del año, se efectuará un análisis de la sentencia su-377/14 del 12 de junio del 2014, mediante la cual la Corte Constitucional “unificó” (¿?) los criterios de procedencia de la acción de tutela que deben tener en cuenta los jueces de la república al resolver sobre el amparo constitucional de derechos fundamentales “supuestamente” (¿?) conculcados en el desenvolvimiento de procesos de liquidación de entidades pública. 

¿Por qué se concedieron tutelas sólo a dos aforados sindicales? 
¿Por qué fueron concedidas sólo siete tutelas a madres y padres de familia, considerados jefes únicos de hogar y que tenían niños a su cargo? 
¿Por qué la Corte Constitucional no reconoce más de 600 tutelas a ex trabajadores de Telecom que habían sido concedidas  en el plan de pensión anticipado ofrecido por la empresa vísperas de la liquidación de la entidad en 2003?

El próximo jueves 10 de julio también se reunirán los pre-pensionados de Telecom por la Sentencia SU 897/12 de la Corte Constitucional, los YA Pensionados por la Sentencia SU 897/12, Proceso No. 2451880 en la Corte Constitucional  (PPA, RETEN SOCIAL, FUERO SINDICAL).

Hace once años el ex presidente Álvaro Uribe decidió privatizar todo el sector de las comunicaciones, Adpostal, Inravision y Telecom, con sus empresas asociadas; lo cual ocasionó el despido de cerca de 10.000 trabajadores directos y más de 5.000 indirectos.

La mayoría de esos trabajadores llevaban décadas al servicio del Estado, al ser despedidos no tenían otra fuente de recursos, su edad no les daba para un nuevo cargo y estaban  especializados en las funciones del sector pero no fueron capacitados para desempeñar otro oficio.


Por eso, hoy en día son demasiadas las familias que carecen de atención en salud, no cuentan con recursos para pagar una vivienda digna o servicios públicos carecen de  recursos para pagar sus servicios o no cuentan con recursos para pagar la educación de sus hijos.

martes, 3 de enero de 2012

PRORROGAN EXISTENCIA DE TELECOM

TELECOM continúa su vigencia en COLOMBIA.
Bogotá. HORMIGUITAS 2003 tuvo acceso al decreto 4947 expedido el 30 de diciembre del 2011 por la Presidencia de la República de COLOMBIA para prorrogar la existencia de TELECOM hasta el 31 diciembre del 2012

Antecedentes.

Mediante el decreto 1603 del 12 de junio del 2003, firmado por ÁLVARO URIBE VÉLEZ, ALBERO CARRASQUILLA BARRERA, JUAN GONZALO LÓPEZ CASAS, MARTA ELENA PINTO DE DE HART, FERNANDO GRILLO RUBIANO, se suprimió la EMPRESA DE TELECOMUNICACIONES DE CAQUETÁ -TELECAQUETÁ S.A. E.S.P. y se ordenó su disolución y liquidación. De manera semejante ocurrió con TELECOM y otras empresas Teleasociadas.

No obstante lo anterior, el actual presidente de la República  JUAN MANUEL SANTOS, junto con el Viceministro Técnico del Ministerio de Hacienda y Crédito Público, RODRIGO DE JESUS SUESCUN MElO; el Ministro del Trabajo, RAFAEL PARDO;  el Ministro de Tecnologías de la Información y las Comunicaciones Ad-Hoc, SERGIO DIAZGRANADOS GUIDA; y la Directora Jurídica Departamento Administrativo de la Función Pública, CLAUDIA PATRICIA HERNANDEZ; modificaron hasta el 31 de diciembre de 2012, el plazo de DURACIÓN DEL PROCESO DE LIQUIDACIÓN Y TERMINACIÓN DE LA EXISTENCIA DE LA ENTIDAD.

Este proceso de liquidación debería haber concluido en un plazo de dos (2) años contados a partir de la vigencia de los Decretos 1603 a 1615 de 2003, y del Decreto 1773 de 2004.  Los cuales fueron adicionados y modificados respectivamente por los Decretos 262 a 275 y 2514 a 2527 de 2006; 268 a 281 y 2896 a 2909 de 2007; 2811 a 2824 y 4724 a 4737 de 2008; 4912 a 4925 de 2009; y 4783 de 2010.

 
"Lanzando la onda" obra de
Alejandro Obregón en Bogotá
¿Por qué el Presidente Santos le da un año más de vida a TELECOM y las Teleasociadas en liquidación? Porque tiene la facultad de ejercer  sus atribuciones constitucionales y legales que le confiere el numeral 15 del artículo 189 de la Constitución Política, el artículo 52 de la Ley 489 de 1998 y el Decreto -ley 254 de 2000, entre otras normas.

Por ejemplo, el numeral 15 del artículo 189 de la Constitución Política, establece que le corresponde al Presidente de la República como Jefe de Estado, Jefe del Gobierno y Suprema Autoridad Administrativa, suprimir o fusionar entidades u organismos administrativos nacionales de conformidad con la ley.

Además el Artículo 52. Que trata de la supresión y liquidación de entidades estatales establece que “El acto que ordene la supresión, disolución y liquidación, dispondrá sobre la subrogación de obligaciones y derechos de los organismos o entidades suprimidas o disueltas, la titularidad y destinación de bienes o rentas, los ajustes presupuestales necesarios, el régimen aplicable a la liquidación y, de conformidad con las normas que rigen la materia, la situación de los servidores públicos”.

A su vez en el Decreto 254 del 2000 (febrero 21), preparado por el Departamento Administrativo de la Función Pública y firmado por el Presidente de la República, se expide el régimen para la liquidación de las entidades públicas del orden nacional. En este decreto se estipula que “La expedición del acto de liquidación conlleva: a) La designación del Liquidador por parte del Presidente de la República;(…)  La realización de un inventario y avalúo de los activos y pasivos de la entidad; (…) Responder por la guarda y administración de los bienes y haberes que se encuentren en cabeza de la entidad en liquidación, adoptando las medidas necesarias para mantener los activos en adecuadas condiciones de seguridad física y ejerciendo las acciones judiciales y administrativas requeridas para el efecto; (…) El liquidador podrá revocar directamente los actos administrativos en los términos del Código Contencioso Administrativo y demás normas legales. (…)Son derechos adquiridos por los pensionados, aquellos que hacen parte de su patrimonio por haber satisfecho los requisitos legales exigidos, aunque no se hubiese proferido el acto que declare su exigibilidad. (…)El de las pensiones cuyos requisitos están satisfechos y se reconozcan con posterioridad a la fecha de disolución; (…) El de las pensiones de las personas que han cumplido tiempo de servicio pero no han llegado a la edad señalada para adquirir el derecho a la pensión, cuando previo cumplimiento del requisito de la edad la pensión les sea reconocida, siempre y cuando no se encuentren afiliados a ninguna administradora de pensiones. (…) Cuando una entidad del orden nacional, que tenga a su cargo el reconocimiento y pago de pensiones, entre en proceso de disolución y liquidación, deberá entregar el respectivo cálculo actuarial, el cual deberá estar elaborado teniendo en cuenta las instrucciones técnicas que para el efecto imparta el Ministerio de Hacienda y Crédito Público y requerirá para su validez, la aprobación del mismo”.

Avalúo de TELECOM, el más importante patrimonio nacional

Es importante destacar el AVALÚO DE BIENES, establecido en el ARTICULO 28 del Decreto 254 del 2000 (Artículo modificado por el artículo 237 de la Ley 1450 de 2011). En el cual se le ordena al Liquidador realizar el avalúo de los bienes de propiedad de la entidad, simultáneamente con la elaboración de los inventarios, sujetándose a las siguientes reglas: El avalúo de los bienes inmuebles se regirá por las disposiciones legales sobre la materia. El avalúo de los bienes muebles se practicará por peritos avaluadores, designados por el liquidador. Con el fin de garantizarle a los acreedores una adecuada participación, el liquidador informará a los acreedores reconocidos en el proceso, la designación de los peritos, para que estos dentro de los cinco (5) días siguientes a la notificación de la designación, presenten las objeciones a la misma, las cuales deberán ser resueltas por el liquidador dentro de los diez (10) días siguientes al vencimiento del plazo para presentar las objeciones.
Copia del avalúo de los bienes debe ser remitida a la Contraloría General de la República, con el fin de que se ejerza el control fiscal sobre el mismo. ¿Dónde están las asociaciones de pensionados, los ingenieros, los economistas, los contadores, los administradores, haciendo veeduría ciudadana a este avalúode bienes del principal patrimonio colectivo creado por los colombianos en más de cien años?


"Hormiguitas en acción" por toda la nación.

¿Cuándo debe terminar el proceso de liquidación? Cuando el liquidador, previo concepto de la Junta Liquidadora, pueda declarar terminado el proceso de liquidación una vez quede en firme el acta final de liquidación, la cual se deberá publicar conforme a la ley. 

 
Para mayor información envíe un email a hormiguitas2003@gmail.com; hormiguitas2003@yahoo.com.com o comuníquese con los grupos de trabajo “HORMIGUITAS EN ACCIÓN”.  

Galaxia NGC 4676: When Mice Collide
 Crédito de foto: ACS Science & Engineering Team, Hubble Space Telescope, NASA

¿Dios existe?
La complejidad de nuestro planeta apunta a un Espíritu Santo que deliberadamente sustenta nuestro Universo a pesar de las acciones antinaturales (y anti-sociales) de los algunos seres humanos.


martes, 20 de diciembre de 2011

¿Debemos subsidiar los colombianos a Telefónica?


  Presidente de Telefónica en Madrid. Foto: El Mundo.es
El presidente de Telefónica cobró 8,6 millones de Euros en 2010.
Alierta multiplica por cuatro su sueldo en siete años. "La última vez que César Alierta, presidente de Telefónica, hizo público su sueldo fue en 2003. Ese año cobró 2,3 millones; ahora casi cuadruplica esa cifra", anuncio el portal cincodias.com. Se anunció en Madrid  el   17/05/2011  -   I. A. - en vísperas de la junta general de accionistas de TELEFONICA, "...la polémica por el plan para recortar un 20% la plantilla de su filial en España y por la aprobación de planes de premios millonarios para los principales ejecutivos de la operadora. Pero ahora se suma un elemento más. El País ha desvelado el sueldo del presidente de la compañía, César Alierta, una cifra que Telefónica nunca ha hecho pública a través de un documento oficial y que solo ha relevado una vez, en 2003, en una rueda de prensa".


El miércoles 16/11/2011, ELMUNDO.es, en su publicación comentó que el Presidente de Telefónica dió una propina de más de doscientos mil pesos por la embolada de zapatos y otra porpina de más de veinte mil pesos por un café,   en un espacio público de Madrid. El personaje está vinculado al "Caso Tabacalera". "El Caso Tabacalera es un caso de corrupción en España en el que están involucrados el actual Presidente Ejecutivo de Telefónica S.A. César Alierta, su mujer y su sobrino", según Wikipedia. "La Audiencia Provincial de Madrid juzgará a partir del martes al presidente de Telefónica, César Alierta, por un presunto delito de uso de información privilegiada en la compraventa de acciones de Tabacalera durante su mandato al frente de la empresa, que le habrían reportado 1,86 millones de euros", según EFE -  12/04/2009- publicado en Cotizalia.com. Ver enlaces relcionados.


Patrimonio de los Colombianos en manos de TELEFONICA


Edificio de TELECOM en Cali
En el 2006, la gigante española de las telecomunicaciones, Telefónica, se convirtió en el “socio estratégico” del Gobierno Nacional en la reorganización de Telecom bajo la figura de Colombia Telecomunicaciones (Coltel).
El acuerdo contemplaba la compra del 52% de la empresa por parte de Telefónica, a cambio de que Coltel se hiciese cargo de cancelar el pasivo pensional de los cerca de 17.900 extrabajadores de Telecom (El Mundo, 28/11/2011, citado por ACIEM).
Sin embargo, ese no fue el caso, ya que pese a que Coltel se comprometió a realizar los pagos mensuales por el arrendamiento de la infraestructura de Telecom, desembolsos que posteriormente alimentarían el fondo de los pensionados, la entidad empezó a incumplir la contraprestación desde el último bimestre del año pasado. 

“Este año, Coltel no ha hecho desembolsos”, manifestó el subdirector para Medellín de la Asociación Nacional de Pensionados de Telecom (Apetelecom), Eliseo Arango Sierra. Ahora, el debate está en el Congreso. “Nos tocaría engullirnos el pasivo pensional y pagarlos a través de los impuestos”, afirmó el funcionario (Ministro de Hacienda). Aunque el ministro de Hacienda afirma que “la migración hacia la telefonía móvil” es la principal causante del “debilitamiento financiero de la empresa”.   La Contraloría actualmente investiga si Telefónica incumplió el convenio suscrito con el Gobierno Nacional. Al parecer, Ministro, la verdad es otra.
Edificio de TELECOM en el eje cafetero.



CAPITALIZACION DE COLTEL NO ERA NECESARIA.


"Es mentira que se requiera de esta capitalización solicitada y aprobada en el día de hoy, para favorecer a los pensionados, los derechos de los pensionados ya están protegidos por el acto legislativo 01 del 2005", señaló en el debate de aprobación de la capitalización el senador Alexander López (Polo Democrático). Explicó el congresista que, sin embargo los informes de la Contraloría del 2009 encontraron que la nueva empresa se estaba usufructuando de los antiguos bienes de Telecom sin reportar ese dinero al fondo de liquidación de los empleados, lo que indicaría un presunto delito penal" , según comunicado dado a conocer en Bogotá, el 14 de diciembre de 2011 (Prensa senador Alexander López).  


"Capitalización de Coltel: medio billón de premio al fracaso de Telefónica", afirmó el senador Robledo en Bogotá, el 2 de noviembre de 2011. "En el 2006, la multinacional española Telefónica se quedó con el 51 por ciento de las acciones de Coltel (antigua Telecom), privatización que constituyó un grave detrimento del patrimonio público, pues la empresa se vendió por debajo de su valor real. El gobierno argumentó que, para mejorar las operaciones de la empresa y garantizar el pago del pasivo pensional, Coltel debía ser administrada por una compañía extranjera. Antes de que la compañía española adquiriera la mitad de las acciones, la empresa tenía utilidades operacionales cercanas a un billón de pesos. Y después de cinco años de control de la trasnacional, la empresa está generando pérdidas", dijo el parlamentario colombiano   (Prensa senador Jorge Robledo).


¿La capitalización de ColTel es para aliviar la deuda de Telefónica?  


Cesar Alierta. Foto: Cotizalia.com
"Capitalización de ColTel no era necesaria":
senador López  


Según el portal cincodias.com,  La capitalización de ColTel aliviará la deuda de Telefónica y agrega: "...algunos analistas han hecho cálculos sobre el impacto del proceso de recapitalización de ColTel para la compañía española. En el mercado se habla de una disminución de hasta 2.000 millones de euros. Así, por ejemplo, en un informe reciente, Morgan Stanley estableció una reducción de deuda para Telefónica de entre 1.500 y 2.000 millones. Actualmente, su deuda ronda los 56.000 millones". "En cualquier caso, Telefónica insiste en que la cuantía, tanto del recorte de deuda como las sinergias, no se sabrá hasta que no se haga la valoración final de la operación". 


Plazoleta de las Telecomunicaciones en la antes denominada "esquina revolucionaria de America Latina", Bogotá 
Pregunta para ACIEM, la Contraloría, los ingenieros, los economistas, los administradores, los pensionados, los funcionarios, y los colombianos: ¿Quién, cómo y cuándo se valorará el impacto de esta operación? ¿Cuánto más hay que entregarle a los "socios" de las empresas del estado?
Enlaces relacionados:

http://www.cincodias.com/articulo/empresas/alierta-multiplica-sueldo-anos/20110517cdscdsemp_6/
http://www.elmundo.es/elmundo/2011/11/16/gentes/1321461037.html
http://www.cincodias.com/articulo/empresas/capitalizacion-coltel-aliviara-deuda-telefonica/20111217cdscdiemp_2/
http://www.aciem.org/home/index.php/component/content/article/56-medios/1947-idebemos-subsidiar-los-colombianos-a-telefonica
http://www.aciem.org/home/index.php/component/content/article/56-medios/1866-controversia-por-ayuda-a-telefonica-
http://www.gatoencerrado.net/store/noticias/62/62200/detalle.htm
http://www.senado.gov.co/sala-de-prensa/noticias/item/12729-capitalizacion-de-coltel-medio-billon-de-premio-al-fracaso-de-telefonica?tmpl=component&print=1
http://www.senado.gov.co/sala-de-prensa/noticias/item/13203-capitalizacion-de-coltel-no-era-necesaria-senador-lopez?tmpl=component&print=1
http://es.wikipedia.org/wiki/Caso_Tabacalera
http://www.cotizalia.com/cache/2009/04/12/noticias_12_cesar_alierta_juzgado_partir_martes_tabacalera.html

martes, 29 de noviembre de 2011

Sandra Morelli advirtió que el país tiene un control fiscal débil.

The Comptroller, Sandra Morelli,  warns that if Colombia does not make fiscal control this may compromise financial sustainability of the country. Sandra Morelli is a lawyer of the External University of Colombia  and has postgraduate studies at the University of Bologna and other universities in Europe.
Bogotá. La Contralora Sandra Morelli advierte que si no se hace control fiscal se puede comprometer la sostenibilidad financiera de Colombia. Sandra Morelli es Abogada de la Universidad Externado de Colombia y tiene estudios de posgrados de la Universidad de Boloña y de otras universidades de Europa.


Enérgica respuesta de la contralora al ministro de Hacienda: «No tengo apetitos burocráticos»

La Contraloría tiene un presupuesto de 325.000 millones de pesos, la Fiscalía de 1,6 billones de pesos y la Procuraduría de 900.000 millones. Sin embargo, la responsabilidad de la contraloría es permanente, "no es en función de una denuncia", dijo la Contralora. "Eso no es un tema de presentación populista de un ministro, que evidentemente no le interesa fortalecer el control fiscal del Estado y prefiere estos modelos privatistas, (de los) que no he visto resultados positivos", dijo.
La contralora justificó el pedido para incrementar la planta de personal porque busca fortalecer estructuralmente la entidad de control.  "El país, el Estado, el Gobierno y el Congreso tienen que decir que control fiscal quieren, porque las instituciones están creadas para que sirvan", dijo la Contralora General.

Hay 11 casos de alto impacto económico por estos días. La plata involucrada, 108.000 millones de pesos, está embolatada en diversos tipos de irregularidades, dice Martha Morales Manchego, de la Redacción de Economía y Negocios de El Tiempo.


Enlaces relacionados:
http://www.cmi.com.co/?n=73397
 http://www.elespectador.com/economia/articulo-313106-fuerte-enfrentamiento-entre-contralora-y-minhacienda-burocrasia