Por primera vez en la historia PAR concede pensiones. |
PAR provides pensions to former employees of Telecom for the first time
Pese a que Telecom en Liquidación ni el PAR nunca había dado nada a los trabajadores algo, salvo por mandato judicial, en esta ocasión es diferente ya que por mera liberalidad e interpretación se concedieron las primeras pensiones a gente que llevaba diez años reclamando ese derecho.
No obstante lo anterior, el líder de los ex trabajadores insiste en que presentando las acciones de tutela para lograr la pensión se debe obtener un resultado positivo “teniendo en cuenta QUE LA CONVENCIÓN COLECTIVA DE TRABAJO es la LEY ENTRE LAS PARTES, ADEMAS DE SER LO MÁS GARANTE, PROHOMINE Y APLICABLE AL TRABAJADOR”.
Sí la tutela se presenta en debida forma, esta reclamación ante los diferentes jueces de la república, debe ser favorable porque: “Los derechos Convencionales a que tenemos derecho los debemos fundamentar desde el artículo 16 de la Ley 2 de 1.932, siendo preciso tener en cuenta que, dentro de nuestro sistema jurídico colombiano se consagran una serie de principios que contribuyen a esclarecer el verdadero sentido de las normas”.
Por ejemplo, “el artículo 5º. de la Ley 153 de 1.887 y el artículo 26 del código civil, determinan que los jueces y funcionarios públicos, en la aplicación de las Leyes a los casos particulares y en los administrativos, las interpretan por vía de doctrina, en busca de su verdadero sentido, así como los particulares emplean su propio criterio para acomodar las determinaciones generales de la ley a sus hechos en intereses particulares. Y el articulo 32 ibídem señala como principio que los pasajes oscuros o contradictorios de la Ley se interpretaran del modo que más conforme parezca al espíritu general de la legislación y a la equidad natural. Lo anterior para resaltar, la importancia que tiene la interpretación con un criterio de equidad, de aquellas Normas que a lo largo de los años han regulado el régimen prestacional de los empleados de Telecom”, se explicó.
Documenos relacionados:
LEY 33 DE 1985 (enero 29) por la cual se dictan algunas medidas en relación con las Cajas de Previsión y con las prestaciones sociales para el Sector Público.
DECRETO 2090 DE 2003 (julio 26) Por el cual se definen las actividades de alto riesgo para la salud del trabajador y se modifican y señalan las condiciones, requisitos y beneficios del régimen de pensiones de los trabajadores que laboran en dichas actividades.