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viernes, 28 de diciembre de 2018

Reclaman a PAR TELECOM reconocer derechos de extrabajadores

Facsímil del último derecho de petición al PAR TELECOM.


El Patrimonio Autónomo de Remanentes de TELECOM, en cumplimiento de las políticas de transparencia y datos abiertos del Estado Colombiano, debe divulgar el número de ex trabajadores que están cobijados por las medidas de protección de derechos fijada por la Junta Directiva de TELECOM, mediante Acta 1782 del 28 de febrero del 2003, año en que se ordenó el desalojo de funcionarios, contratistas y usuarios en más de 4000 oficinas y repetidoras de TELECOM (Hoy Movistar) en todo el país. 

Mediante respetuosa solicitud, varios ex trabajadores de Telecom, integrantes del grupo de trabajo Hormiguitas 2003, le están solicitando al PAR precisar esta cifra y cómo se ha dado cumplimiento al Plan de Pensión Anticipada, ordenado por el Gobierno Nacional (en vísperas del inmisericorde cierre de TELECOM). Igual solicitud se está tramitando ante el Ministerio de Hacienda y Ministerio de las TIC.

A lo largo de los últimos quince años son numerosas las órdenes judiciales que le indican al PAR cumplir efectivamente con la protección de derechos de los trabajadores despedidos. "La sociedad colombiana está a la espera de que el Gobierno Colombiano cumpla con el reconocimiento de derechos laborales pactados nacional e internacionalmente", señaló Jorge Arturo Guerrero, vocero de los ex trabajadores, al cabo de una reunión de ex trabajadores y colectivos de abogados en el centro de Bogotá.
 
Advertencia: HOMIGUITAS2003 rechaza cualquier vocería que trafique con el dolor de las familias de diez mil trabajadores desplazados de su puesto de trabajo por orden Presidencial en junio del 2003.
 
 





domingo, 8 de marzo de 2015

Deuda del Estado colombiano con padres-madres cabeza de familia despedidos por TELECOM

"Telecom une a Colombia y a Colombia con el mundo"
-Operadoras telefonistas de Telecom finales años 1980.
Foto: Archivo privado

En Colombia mas de 10 mil ex trabajadores de Telecom y 12 teleasociadas se movilizan para exigir el cumplimiento del pago de pensiones, la protección de Padres-Madres cabeza de familia, ek respeto del fuero sindical. 

En diversas movilizaciones con motivo del Día Internacional de la Mujer Trabajadora, miles de ex trabajadores de TELCOM y las teleasociadas demandan sus derechos laborales que fueron desconocidos al momento del cierre de TELECOM y exigen que este sector estratégico nacional pase a manos del Estado colombiano.
 
Ten thousand workers displaced from office by order of Uribe
Dez mil trabalhadores expulsos do cargo por orden de Uribe

jueves, 5 de marzo de 2015

TELECOM sigue vigente en el 2015

CECILIA ÁLVAREZ-CORREA GLEN, Ministra de Tecnologlas de la Información y las comuniciones Ad Hoc, firmó decreto que mantiene la vigencia de TELECOM en liquidación. 

A la fecha son más de 40.000 despedidos por el Gobierno Uribe en el sector de las telecomunicaciones y otros sectores estatales que llevan más de 11 años reclamando justicia de las altas cortes de Colombia.

Enlace relacionado:

lunes, 10 de noviembre de 2014

Canal público de Bogotá comprometido con derechos humanos

Manifestaciones de apoyo con Canal Capital rechazando difamaciones del liquidador de TELECOM

Bogota Public Channel Committed to Human Rights

Mientras que los medios de comunicación privados han desprestigiado toda acción defensa de los derechos de los trabajadores colombianos víctimas de la violencia laboral ejercida durante ocho años contra los empleados de empresas estatales y privadas, la línea editorial del Canal Capital visibiliza la existencia de ciudadanías y grupos de ciudadanos que a pesar de estar en condiciones de vulnerabilidad social por el desempleo y la crisis económica familiar aún luchan por medios legales el reconocimiento de derechos humanos. 

jueves, 19 de septiembre de 2013

Se espera pronunciamiento de Corte Constitucional sobre pensiones de ex trabajadores de TELECOM

Une déclaration par la Cour constitutionnelle de la Colombie est attendu pour les travailleurs TELECOM
Ex trabajadores de Telecom a la expectativa de que la Corte Constitucional revise su decisión de suspender todas las acciones legales tendientes al pago de pensiones de los ex funcionarios de la firma. 
Se espera que la Sala Plena examine prontamente los casos de todos los ex empleados que reclaman el derecho en la modalidad de pensión anticipada, toda vez que se trata de una determinación de la misma Junta Directiva de la entidad.
Ex trabajadores señalan que la Junta Directiva de Telecom, que también integraba la ministra de Comunicaciones de la época, Martha Elena Pinto de Hart, reglamentó la materialización del derecho para aquellos trabajadores que estaban a menos de siete años de cumplir el tiempo necesario para acceder a su pensión, mediante el acta 1782 del 28 de febrero de 2003.

sábado, 31 de agosto de 2013

PAR otorga pensiones a ex trabajadores de Telecom por primera vez

Por primera vez en la historia PAR concede pensiones.

PAR provides pensions to former employees of Telecom for the first time

Pese a que Telecom en Liquidación ni el PAR nunca había dado nada a los trabajadores algo, salvo por mandato judicial, en esta ocasión es diferente ya que por mera liberalidad e interpretación se concedieron las primeras pensiones a gente que llevaba diez años reclamando ese derecho. 

 No obstante lo anterior, el líder de los ex trabajadores insiste en que presentando las acciones de tutela para lograr la pensión se debe obtener un resultado positivo “teniendo en cuenta QUE LA CONVENCIÓN COLECTIVA DE TRABAJO es la LEY ENTRE LAS PARTES, ADEMAS DE SER LO MÁS GARANTE, PROHOMINE Y APLICABLE AL TRABAJADOR”.

 Sí la tutela se presenta en debida forma, esta reclamación ante los diferentes jueces de la república, debe ser favorable porque: “Los derechos Convencionales a que tenemos derecho los debemos fundamentar desde el artículo 16 de la Ley 2 de 1.932, siendo preciso tener en cuenta que, dentro de nuestro sistema jurídico colombiano se consagran una serie de principios que contribuyen a esclarecer el verdadero sentido de las normas”. 

 Por ejemplo, “el artículo 5º. de la Ley 153 de 1.887 y el artículo 26 del código civil, determinan que los jueces y funcionarios públicos, en la aplicación de las Leyes a los casos particulares y en los administrativos, las interpretan por vía de doctrina, en busca de su verdadero sentido, así como los particulares emplean su propio criterio para acomodar las determinaciones generales de la ley a sus hechos en intereses particulares. Y el articulo 32 ibídem señala como principio que los pasajes oscuros o contradictorios de la Ley se interpretaran del modo que más conforme parezca al espíritu general de la legislación y a la equidad natural. Lo anterior para resaltar, la importancia que tiene la interpretación con un criterio de equidad, de aquellas Normas que a lo largo de los años han regulado el régimen prestacional de los empleados de Telecom”, se explicó. 

 Documenos relacionados:

LEY 33 DE 1985 (enero 29) por la cual se dictan algunas medidas en relación con las Cajas de Previsión y con las prestaciones sociales para el Sector Público. 

DECRETO 2090 DE 2003 (julio 26) Por el cual se definen las actividades de alto riesgo para la salud del trabajador y se modifican y señalan las condiciones, requisitos y beneficios del régimen de pensiones de los trabajadores que laboran en dichas actividades.

miércoles, 29 de mayo de 2013

Piden descongestión del proceso de ex trabajadores de Telecom

 
Ex trabajadores de Telecom en la Plaza de Bolívar.
Foto: hormiguitas2003 
 

La oficina de correspondencia de la Corte Constitucional recibió el 6 de Mayo de 2.013 un oficio firmado por la Dra. Yovana Eugenia Ortega Gómez, Secretaria de Descongestión de la Sala Jurisdiccional Disciplinaria del Consejo Seccional de la Judicatura del Cauca, en relación con  la Tutela T- 2451880, acumulada en los autos 241 de 2.010 y auto 105 de 2.011.
Se dice que: "En última instancia, el trabajo unge de dignidad a una persona. La unción de dignidad no la otorga ni el abolengo, ni la formación familiar, ni la educación… La dignidad como sólo viene por el trabajo. Comemos lo que ganamos, mantenemos a nuestra familia con lo que ganamos. No interesa si es mucho o poco. Si es más, mejor. Podemos tener una fortuna, pero si no trabajamos, la dignidad se viene abajo".

Por otra parte, ante preguntas por supuestos formularios para reclamar pensión o reconocimiento del plan anticipado de pensión, se advirtió que a la fecha no existe ningún formulario validado al respecto.


lunes, 8 de abril de 2013

Más de 421 trabajadores de Telecom en situación de vulnerabilidad por tutela congelada hace 3 años

FUTURO DE FAMILIAS ENTERAS EN MANOS DE LA CORTE CONSTITUCIONAL DE COLOMBIA

 8 de Abril de 2013 -1:29 PM. Noticias Caracol informó que más de 421 trabajadores de TELECOM pasan "apuros" porque la tutela, que les concedió  el derecho al trabajo y a la pensión, fue congelada hace 3 años por la Corte Constitucional.
Mireya Beltrán, una de las afectadas, padece de leucemia y su calidad de vida empeora cada día por no tener dinero para pagar su tratamiento. Fuente: noticiascaracol.com/nacion/video

Enlaces relacionados:

lunes, 1 de abril de 2013

Revelan detalles del plan de pensiones anticipadas para el cierre de TELECOM


Martha PINTO ordenó Liquidación de TELECOM. Foto: colarte.com/semana
Bogotá. A diez años de la reunión de la Junta Directiva de TELECOM que ordenó el PLAN DE PENSIONES ANTICIPADAS (PPA), fueron dados a conocer detalles de las deliberaciones  y de las características de dicha determinación, la cual consta en el numeral “6.2  PLAN DE PENSIONES ANTICIPADAS” del acta 1782 de 2.003 y en los  anexos 4 del acta. La población objetivo era de 1.557 trabajadores directos. El acta dice que el PPA  preparado por el área de Gestión Humana de la administración “… les permite disfrutar de su pensión de manera anticipada y en las mismas condiciones que lo harían cuando se cumplan los requisitos de edad y tiempo establecidos bajo los regímenes especiales que se tienen en Telecom”.

Monumento "Lanzando la Onda" de Alejandro Obregón,
Plazoleta de las Telecomunicaciones, calle 23 carrera13 en Bogotá.
Foto: commons.wikimedia.org



Siguiendo con el texto del acta 1782 de 2.003, se lee que  “Va dirigido a los Empleados de Telecom a nivel Nacional pertenecientes a los regímenes especiales y a los cargos de excepción que se encuentren hasta 7 años de cumplir los requisitos para la pensión”.
Las características del plan de pensiones anticipadas incluyeron:  "plan complementario de salud y auxilio educativo de acuerdo con la convención;  Centros vacacionales y Clubes Deportivos en las mismas condiciones en que se prestan a los pensionados; Suscripción de un acta de conciliación ante el ministerio de la protección social de mutuo acuerdo...".
El acta dice que en Bogotá D.C. a los 28 días del mes de febrero del año 2.003, siendo las 7:00 A.M., en la sala de juntas del Ministerio de Comunicaciones sesionó la Junta Directiva de la Empresa Nacional de Telecomunicaciones- Telecom presidida por la ministra MARTHA PINTO DE DE HART,  y posteriormente, siendo las 12:00 del día 7 de marzo de 2.003, se reanudó la sesión, con la asistencia de los señores Rafael Baldovino y Carlos Cely Maestre, en virtud del artículo 1 ordinal A-4 de la Convención Colectiva 2.002 - 2.003, y en la cual se ordenó el Plan de Pensiones Anticipadas (PPA).

Ministra de Comunicaciones, Ministro de Hacienda y Presidente de Telecom en rueda de prensa tras el cierre de TELECOM, su transformación en Colombia Telecomunicaciones y venta a Telefónica. Foto: Semana.com
El acta 1782 de 2.003  termina diciendo: “La Junta oído lo anterior imparte su aprobación unánime al proyecto de acuerdo, decisión que se recoge en el acuerdo No. JD- 008 del 7 marzo de 2003”. Los documentos originales reposan el los archivos oficiales de TELECOM en las oficinas del Patrimonio Autónomo de Remanentes (PAR TELECOM).

martes, 24 de enero de 2012

Ex trabajadores presentaron agotamiento de vía gubernativa

  
Bogotá. Más de quinientos ex trabajadores de TELECOM despedidos por el Gobierno Nacional en el año 2003 ya han presentado ante el PAR TELECOM sendos documentos de agotamiento de vía gubernativa, por Plan de Pensión Anticipado, o por Plan de Retén Social, o por Fuero Sindical o por ambos.

martes, 5 de julio de 2011

Reunión en la Vicepresidencia de la República

  
El día 28 de julio de 2011 en la Vicepresidencia de la República se efectuó  una reunión de ex trabajadores de Telecom y el Grupo Asesor del despacho de la Vicepresidencia a cargo del Dr. Angelino Garzón.

El fuero Sindical  de Ustc y Asitel a Nivel Nacional; el Plan de Pensión Anticipado Telecom del Acta 1782; el Reten Social de Telecom y las Tele-Asociadas; las Madres y Padres Cabeza de Familia; los Discapacitados y Pre-pensión, fueron los temas tratados durante la reunión la cual tuvo una duración de tres horas.

La reunión fue presidida por la Dra. María Paola Suarez, Secretaria Privada De La Vicepresidencia, y participaron varios funcionarios de la Vicepresidencia de la República de Colombia, entre ellos,  el Dr. Fabio Rodríguez, Derechos Humanos; Dr. William Silva Ortiz, Jurídico–Laboral; Dr. Oscar Gutiérrez, Laboral; Dra. Katerín  Herrera, Anticorrupción. Participaron por los Ex trabajadores la Dra. Esperanza Chaves; Sra. Jackeline Lozano; Ing. Ricardo Molina; Ing. German Cabuya; Dr. Alonso Quintero Perez, Asitel.

Los ex trabajadores tuvieron la ocasión de exponer los siguientes aspectos:

1-- FUERO SINDICAL USTC, ASITEL NACIONAL.  Presentación de Normas violadas desde la elaboración del decreto 1615, 2062, 4781, creación contrato para el PAR, etc etc,. Prescripción de la acción de levantamiento de fuero, limbo juridico para levantar el fuero en el 2.006, inseguridad juridica en los fallos a partir del año 2.003 a hoy. Discriminación en los fallos en los Juzgados, Tribunales, etc etc. No igualdad juridica en las acciones de reintegro e inclusive incumplimiento en los pagos a los fallos de los jueces a favor y a sus conciliaciones que se realizaron...  Violación a la Constitución y a los acuerdos y tratados internacionales con la OIT.

2-- PLAN DE PENSIÓN ANTICIPADA  PPA.  ACTA 1782.  acta 1782 de 2003 de la Junta Directiva de Telecom como ofrecimiento principal para el beneficio al trabajador.  Direccion del plan a sus trabajadores a nivel nacional. Documentos legales de invitacion a participar del P.P.A. mico en la negociacion y parcialidad en el ofrecimiento (instructivo) igualmente Ley 100, adenda convencional, Etc, etc. No igualdad al derecho otorgado. cultamiento del documento base del acuerdo. (Acta 1782). Oposicion directa por el Gobierno Nacional en escritos y atenciones en dineros a los Jueces de la Republica para el no fallo a favor de los trabajadores por el Consejo Superior de la Judicatura (Sr. Araujo)(Min. de Comunicaciones)(Directiva 06/2010 Procurador) etc. Violacion a la ley entrre las partes convenciones colectivas de trabajo, incumplimiento al 2123 como regimen pensional en Telecom y otros...  Documentos normativos a favor del trabajador en el caso P.P.A.

3-- RETEN SOCIAL Ley 790,812 Plan Nacional de Desarrollo, division del reten madres y padres cabezas de familia proximos a pension, discapacitados, sentencia de la Corte Constitucional 388, 389. Desproteccion del Estado al caso discapacitados, Sentencia Corte Constitucional, termino Reten Social 24 de Julio de 2007 Etc, etc. Fallo sentencia de tutela Chinu- Cordoba pago 31 de Diciembre de 2009.

Durante la reunión se comentaron otros aspectos relacionados con la situación de salud y pensión, de los ex trababjadores de TELECOM y además se puntualizaron los siguientes aspectos:

CORRUPCIÓN. Violación flagrante a la Constitución Politica, Leyes, Decretos, Normas internacionales, Ley 254 de 2.000, etc. etc. por el Estado en la Liquidación de Telecom y las Tele-asociadas.

SALUD.  Pensionados Cambio de programas establecidos antes de liquidación.  Plan M10. Ex-trabajadores.  Abandono total por el Estado a todos.


PAR. No cumplimiento de pagos fallados por los Jueces de la Republica. No atención a los trabajadores en solicitudes de documentación y otros. Informes Negativos de la Procuraduria y la Contraloria en la gestión del 2.006 a la fecha.  

CORTE CONSTITUCIONAL. Demora en los fallos de Tutela,  acomodamiento de algunos Magistrados con el Gobierno, violación del mínimo vital y la seguridad social por el Auto 241. Caso Mauricio Gonzalez Cuervo  Juez y parte del Gobierno anterior. Etc, etc. Pago pensiones a Futuro,  Patrimonio Autonomo de Pensiones, ley 651,  etc. etc.

CONCLUSIONES

Al concluir la reunión se convino la realización de una nueva reunión dentro de 8 a 15 días para verificar avances los avances en los siguientes compromisos:

  1. Veeduría  hasta donde sea factible de las sentencias de la Corte Constitucional enfatizando en el respeto a la autonomía de los poderes del estado en  la toma de desiciones.
  2. Observación a la Corte Constitucional sobre fallo de sentencia próximo a salir.
  3. Organizacion de casos por cada uno de los tres temas: salud/discapacidad, pensión y fuero sindical.
  4. Atención y revisión a cada uno de los casos individualmente: Reten Social, P.P.A., Fueros especiales.
  5. Ayuda en proyecto de trabajo sobre cada caso en particular.
  6. Búsqueda de entidades del gobierno que deben intervenir en cada caso de los trabajadores. Ejemplo: Caprecom para los casos de pension no atendidos;  Ministerio de la Protección y sistema general de riesgos profesionales para el caso de la salud de discapacitados; PAR/Previsora para el reconocimiento de pagos pendientes a extrababjadores; etc.
  7. Gestión directa de la Vicepresidencia frente a cada entidad del gobierno para la gestión.